La Resolución CNTA -Comisión Nacional de Trabajo Agrario- 230/2022 establece el pago de una asignación extraordinaria no remunerativa de $26.000 (pesos veintiseis mil) en el ámbito de todo el país, para todo el personal comprendido en el régimen de trabajo agrario de la ley 26727.
Asimismo, se establece que esta asignación debe adicionarse a la asignación extraordinaria de $24.000 (pesos veintcuatro mil) dada por el gobierno nacional mediante Decreto 841/2022, con lo que el monto final a percibir será de $50.000 (pesos cincuenta mil), el que deberá abonarse con los haberes correspondientes al mes de diciembre 2022.
En caso de que la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal (jornadas reducidas, ingresos o egresos en el mes del pago, licencias sin goce de haberes, etc) corresponde el pago proporcional a la jornada cumplida.
La asignación se percibe íntegra cuando el haber neto del mes de diciembre 2022, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, excluyendo el Sac y los $24.000 del Decreto 841/2022, sea hasta $159.859 (pesos ciento cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta y nueve), o el monto proporcional en caso de jornadas inferiores a la jornada legal.
En caso de que el neto de diciembre 2022 supere $159.859 (pesos ciento cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta y nueve) pero sea inferior a $185.859 (pesos ciento ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y nueve) se percibe la diferencia entre el neto y el límite establecido. Siempre, obviamente, el monto proporcional en caso de jornadas inferiores a la jornada legal.
La asignación extraordinaria no remunerativa no devenga aportes, con lo que que el personal percibirá los valores netos. Tampoco devenga contribuciones del Suss, pero en cuanto a la contribución de la Ley de Riesgos del Trabajo, en nuestra opinión la asignación debería ser incluIda en el cálculo.
Finalmente, los empleadores cuya actividad principal sea una de las comprendidas en el Anexo del Decreto 128/2019 (alzanzados por una rebaja de contribuciones como promoción de ciertas actividades agrícolas), abonarán la asignación no remunerativa de $26.000 (pesos veintiseis mil) en dos cuotas iguales de $13.000 (pesos trece mil) junto con las remuneraciones de enero y febrero 2023.
Gentileza: Estudio D’Andrea www.dandrealaboral.com.ar