Trabajadores Agrarios: Asignación No Remunerativa De $5.000

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La Resolución CNTA -Comisión Nacional de Trabajo Agrario- 216/2019 establece el pago de una asignación extraordinaria no remunerativa de $ 5.000 (pesos cinco mil) en el ámbito de todo el país, para el personal permanente de prestación continua comprendido en el régimen de trabajo agrario de la ley 26727, y para el personal que se desempeña en las actividades avícola, porcina, conductor tractorista maquinista de máquinas cosechadoras y agrícolas que se desempeñen exclusivamente en las tareas de recolección y cosecha de granos y oleaginosas, y aplicación de productos fitosanitarios. La asignación se abonará en tres cuotas de 1.667 (pesos un mil seiscientos sesenta y siete) cada una, junto con los haberes de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2019.

La asignación extraordinaria no remunerativa no devenga aportes ni contribuciones, de ninguna naturaleza. Es decir que el personal percibirá los valores netos y el empleador no abonará ningún tipo de contribución.

La Resolución omitió aclarar el tratamiento de dichos montos cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal (jornadas reducidas, ingresos o egresos en el mes del pago, licencias sin goce de haberes, etc). En nuestra opinión, siguiendo el criterio del Decreto 665/2019 que lo instituyó para el resto de las actividades privadas, correspondería el pago proporcional a la jornada cumplida si la prestación es menor a la legal.

Fuentes: Sociedad Rural de Jesús María y Estudio D’Andrea (www.dandrealaboral.com.ar).